Da 4T menos visas humanitarias.

Rehúsa funciones para entrar al territorio a ir a parientes enfermos o para advenir a recobrar un cadáver. En lo cual va gubernamental del mandatario Andrés Manuel López Obrador las visas otorgadas por causas humanitarias se disminuyeron de manera significativa comparativamente con ambas administraciones anteriores.

Entre enero de 2019 y junio de 2022 únicamente la Cuatroté solamente concedió 142 visas, o sea, menos de la mitad de las 318 entregadas en los últimos 4 años del expresidente Enrique Peña Nieto y apenas una tercera parte de las 427 que se brindaron en el último cuatrienio de Felipe Calderón Hinojosa, según con datos de la Secretaría de Colaboraciones Exteriores (SRE) conseguidos vía transparencia.

No únicamente aquello. El regimen presente ha negado más visas humanitarias que cada una de las que se rechazaron en el sexenio pasado. De un total de 233 roles de ingreso solicitados, la Cuatroté ha resuelto de manera negativa en 102 casos.

En tanto, en los 6 años del sexenio peñista se solicitaron 334 visas y se negaron únicamente 60. Mientras tanto que en el lapso calderonista se desconoce cuántas se negaron debido a que la dependencia indicó no tener la información del lapso dicho.

Las visas por causas humanitarias solamente se dan por estado grave de salud de un familiar directo (cónyuge, concubina o concubinario, hijo, papá o madre) que esté en México, por reconocimiento o recuperación de cadáver o por “interés público”, según con información de la Cancillería.

Entre los requisitos para pedir una visa humanitaria para ir a a un familiar con estado grave de salud está demostrar a las embajadas o consulados mexicanos el original del archivo en el cual conste el estado de salud de el individuo ir a, emitido por alguna organización de salud pública o privada en México, con fecha de expedición no superior a 30 días naturales. Con este archivo se debería acreditar que el extranjero que está en territorio nacional necesita la ayuda de su familiar.

Para el reconocimiento o recuperación de cadáver hace falta el original del archivo en el cual conste que el solicitante fue notificado de que es necesario su participación para el reconocimiento o recuperación de un cuerpo humano emitido por autoridad a la que le competa el asunto o alguna organización pública federal, estatal o municipal.

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